Esta pregunta circula frecuentemente en las calles, evidenciando las dudas que existen respecto a si es posible circular sin cédula azul, si es obligatorio tenerla o cuándo es necesaria.
Hay creencias sobre el tema que son transmitidas socialmente, sin embargo, siempre recomendamos acudir a fuentes oficiales y a la legislación correspondiente, tal como hace Autofichas.
Cédula Verde y Cédula Azul
Para circular con un vehículo del cual no se es titular, es necesario contar con la cédula verde vigente para que se considere que la persona está habilitada para manejar el automóvil.
A partir del 05 de abril de 2022 las cédulas tienen vigencia de un año a partir de la fecha de expedición, dejando atrás la vigencia de tres años de duración.
Para el titular del vehículo no es requisito la renovación para poder circular, si se trata de un tercero y la cédula verde está vencida, tenemos que hablar del papel de la cédula azul.
Ya que en caso de tener la cédula verde vencida y no se posea la cédula azul, el vehículo será retenido en algún control de tránsito, hasta que el titular presente la correspondiente documentación que acredite ser propietario.
¿Por qué la cédula azul es obligatoria?
Recurriendo a fuentes oficiales, es importante remarcar lo dispuesto por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), respecto a los usos y vigencias de las cédulas que son obligatorias para circular en un vehículo.
¿Sólo el titular puede tramitar la cédula azul?
De acuerdo con la normativa, es el titular del vehículo quien puede realizar la solicitud de expedición de una (o más de una) cédula de identificación para documentar la autorización de conducir el vehículo a un tercero. La conocida cédula azul.
La persona que posee la cédula azul es quien se encuentra con autorización del titular para poder circular dentro del país e incluso puede realizar viajes al exterior temporales.
¿Se puede tramitar cédula azul para una persona sin registro de conducir?
Si el titular del vehículo tiene intenciones de tramitar una cédula azul a una persona que no posee registro de conducir, puede hacerlo, ya que no es un requisito para su tramitación.
Cómo se tramita la cédula azul
La Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir, es decir, la cédula azul, se tramita a solicitud de la persona titular del vehículo ante la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor, que depende del Ministerio de Justicia de la Nación.
Para realizar el trámite de la cédula azul se deben seguir las siguientes indicaciones:
- Preparar la documentación requerida
- Abonar los aranceles
- Concurrir con ambos pasos realizados (1 y 2) y completar la documentación pendiente en el Registro Seccional: Formulario 02 Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir. En Observaciones y datos de la persona autorizada a circular con el vehículo (nombre, apellido y DNI).
Si el trámite lo realiza un tercero, es necesario que complete el Formulario 59 que en el mismo Registro Seccional se le proporcionará.
Una vez transcurridas 48hs hábiles de la tramitación de la cédula azul, se podrá retirarla del Registro. En caso de que otra persona retire la cédula, deberá concurrir con el comprobante de pago del arancel y una autorización simple del titular.
Desde la DNRPA se informa que la cédula azul no posee vencimiento, sin embargo pierde validez legal al momento de realizar la transferencia del vehículo y cambia de titular.
¿Se puede realizar el trámite de la cédula azul por internet?
La DNRPA ha dispuesto una facilidad en cuanto al trámite de la cédula azul y es que puede realizarse parcialmente de forma online a través de su sitio web.
Para realizar el trámite bajo esta modalidad se debe tener en cuenta la siguiente guía de pasos a seguir:
- Ingresar a la página web de la DNRPA.
- Seleccionar el trámite Expedición de cédula para autorizado a conducir.
- Completar el formulario.
- Presentarse ante el correspondiente Registro Seccional con la documentación requerida
- Pagar los aranceles y completar la documentación restante en el Registro: Formulario 02 Cédula de identificación para autorizado a conducir en Observaciones indicando apellido y nombre completos y DNI de la persona autorizada a circular con el vehículo.
En cuanto a la posibilidad de que la gestión la realice un tercer y al tiempo de duración del trámite, se mantienen las mismas condiciones que realizando el trámite de forma tradicional.
Para asegurarte en qué Registro del Automotor está radicado un vehículo, ingresa el número de patente en el siguiente enlace.
¿Hay multas por circular sin cédula azul?
Siguiendo lo dispuesto por la normativa correspondiente, en este caso por lo expresado en el Anexo 2 del Régimen Contravenciones y Sanciones por faltas cometidas a la Ley de Tránsito N° 24.449 en su Artículo 40, un conductor que:
- Sin estar habilitado para conducir ese tipo de vehículo, será sancionado con una multa de 300 U.F. hasta 1.000 U.F.
- Con habilitación vencida, dentro del lapso de SEIS (6) meses, será sancionado con una multa de 30 U.F. hasta 100 U.F.
- Sin portar su licencia, estando habilitado, será sancionado con multa de 30 U.F. hasta 100 U.F.
Inciso b): con la cédula de identificación del vehículo vencida, no siendo el Titular, será sancionado con multa de 100 U.F. hasta 100 U.F. y en incumplimiento de las normas de transferencia del vehículo, será sancionado con una multa de 300 U.F. hasta 1.000 U.F.